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domingo, 2 de junio de 2013

PLAN DE PENSIONES: Capital Consolidado

Hay alguna consulta sobre las diferencias económicas  en el capital consolidado del Plan de Pensiones entre compañeros con caracteristicas personales-profesionales, parecidas.  Las he comentado con el compi Felipe AMIANO (CTI), y me comenta lo siguiente:
 
"Hola compis.
Parece ser que hay compis que teniendo la misma edad y el mismo tiempo laboral; tienen diferencias económicas considerables.  Dejo dos ejemplos:
 
 -dos compañeras se jubilaron con 10 días de diferencia, entraron el mismo día a trabajar y fueron compañeras de máquina. Una ha cobrado más que la otra 30.000 euros.- En este caso tienen que mirar el número de participaciones que tenían en el Plan el día de su jubilación y multiplicarla por el valor de cada participación (por el valor de las inversiones) en ese día.
En el haber regulador (lo que determina las aportaciones) se incluyen los conceptos: salario, antigüedad, pagas extras de junio y diciembre, garantías personales y gratificaciones de superior categoría, razón de jornada, especiales, plus de nocturnidad y rotación, por lo que las compañeras deberían mirar si han tenido los mismos conceptos iguales en esos apartados.
 
-Dos compañeras que aún no se han jubilado, entraron el mismo dia, las dos el mismo nivel, una tiene consolidado en el papelito que envía el BBVA 82.000 euros y la otra 102.000 euro.-  En este caso hay lo que se llama Plan de reequilibrio. Verás, en su día se pasó del sistema A al B, de capitalización individual, porque como iba no se garantizaba que todos llegaran a tener sus derechos a buen recaudo ¿recuerdas? Bien, en ese Plan de reequilibrio la Empresa se compromete a ir pagando mas a unas personas(las mas cercanas a la jubilación) para que, cuando se llegue al día de la jubilación todas tengan el mismo dinero aportado. Es como, si para llegar todos a la línea de meta ( jubilación) unos tuvieran que aportar el dinero mas rápido. Lo normal es que cuando lleguen a la jubilación se igualen los derechos consolidados de ambas compañeras.
En el ERE del 2009, está contemplado el rescate del Plan de Pensiones a partir de los 62 años. Para que el trabajador no pierda las aportaciones de la Empresa de los 63 y 64 años ( como recibiría con la jubilación a los 65 años), la Empresa se compromete a aportar ese dinero antes de cumplir los 62, POR LO QUE RECIBE POR ANTICIPADO LAS APORTACIONES QUE CORRESPONDERÍAN A ESOS DOS AÑOS.
Espero haber aclarado algo las dudas, en cualquier forma estoy a vuestra disposición para cualquier otra aclaración sobre éste u otros temas.
Un saludo.
Felipe AMIANO (CTI)


 

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