BIENVENIDOS

La finalidad de este Blog -independiente de Altadis / Imperial Tobacco- es la UNIÓN, COMUNICACIÓN, ORIENTACIÓN y AYUDA entre este colectivo nacional, en Tramitaciones, Conmemoraciones, Eventos deportivos o sociales,...

Puedes realizar una ENTRADA, o un COMENTARIO. como usuario de una cuenta de Google.
Administradores del Blog: José Luis Llopis / Cesar Fraile / José Mor

Fábricas

sábado, 19 de julio de 2014

ASAMBLEA INFORMATIVA (A.T.T.)

DE: Tano Diego (A.T.T.)

"El pasado 30 de junio se celebró asamblea informativa sobre la Venta del Derecho del Tabaco, de la cual aporto el contenido de la misma."

12 comentarios:

viruta cadiz dijo...

podíais haber publicado antes el contenido,creo que a muchas personas se le hubiera aclarado un poco el tema.La inmensa mayoría,(por lo menos en Cadiz)con los que he hablado,ahora están algo pensativos si han hecho bien o mal.Sin apenas información,tan poco tiempo para decidir,y encima con promesas falsas(40%).......¡ya veremos!..dijo un ciego,y nunca vio.

Anónimo dijo...

Buenos días!A que Delegación de Hacienda habeís llevvado la carta?.y en que artículo de la legislación tributaria se contempla?El 40% esta exento y es considerada renta irregular no salario.El gobierno tien en proyecto un Decreto para bajarlo al 30%pero no esta aprobado aun y no se aplicaria a este ejercicio..Estoy de acuerdo con el comentario anterior si esto es cierto porque no lo habeis publicado antes.Ademas es de logica Altadis no se va a plillar los dedos mandando una carta donde aparece todo escrito y acordafo para q lo demanden

Anónimo dijo...

Como dicen por hay arriba, no creo que la empresa mande un documento legal con información falsa, pues de ser así sería un contrato anulable al haberse producido dolo y/o engaño por parte de la empresa. Por cierto cuiden la ortografía HASTA lleva H.

Unknown dijo...

Llevo años declarando esto como renta irregular, sin ningun problema.
Porque siempre llegais tarde?

Unknown dijo...

ademas, ¿se puede transformar la compra de un derecho en salario?

Unknown dijo...

y tambien se podria negociar el pago del 50% en diciembre y el otro 50% en enero, ¿no?

Anónimo dijo...

Contestación al Sr. Que se esconde y no dice su nombre:Nosotros en nuestra Asamblea de afiliados informamos de los hechos, y para ello unos afiliados se encargan de la gestión de informarse en la Delegación de Hacienda de Santander, y por ello las respuestas que son personales de las personas que hicieron la consulta. Por ello quisiera preguntar a este atento Sr. Si es verdad que el tabaco esta exento en el40% como el asegura, “claro el todos los años de los 1.227€ que Altadis le paga, seguroque desgrava el 40% del tabaco su declaración de la renta Si es tan atento que nos diga como lo hace.Y referente a la H,…… PARA MI SERIA MUY FACIL COREGIRLO, SOLO TENDRIA QUE PULSAR UN BOTO, y elordenador corregiría todas las faltas
FIRMADO:J. Miguel Gutiérrez Díaz
Secretario de Información de A.T.T. de Cantabrria

Anónimo dijo...

antonio mendez

quisiera saber como as hecho la declaracion de la renta para que hacienda te considere el 40% del tabaco exento.

como se puede reclamar 4 años atras pera hacerlo de los 4 ultimos años porque ami me an cobrado del total de los 1.227€ que altadis me a pagado y si esta exento el 40% como tu deces altadis me lo tenia que haber comunicado.
porque no nos abeis informado de esto

Anónimo dijo...

Hola!soy María.Estaís hablando de dos conceptos distintos,los 1227 eur.es la cantidad percibida por un derecho y se declara integra y no esta exenta el 40% y la cantidad que ofrece la empresa es el importe que percibes por la venta de ese derecho y esa cantidad sí es renta irregular y está exenta el 40%

Unknown dijo...

Estais hablando de que si el tabaco esto o lo otro, pero quien recibe tabaco, es que en algun lado pone algo que diga que es tabaco lo que cobramos, creo que no,el concepto es nómina y como quien nos sigue pagando es la empresa y estamos prejubilados por eso es una renta irregular.

Anónimo dijo...

Buenas tardes!podeis colgar la demanda que habeís presentado para que la empresa eleve el precio de compra del derecho de regalía?gracias

Anónimo dijo...

Porque no nos decis a como nos paga altadis la cajetilla de ducados, hechamos la cuenta 30 cajetillas de ducados por 14, contado las pagas de julio y diciembre = 420/12 meses =35 cajetilla/102,40€ = 2.92 E y para esto tenemos que sumar las cajas de farias.
cuanto es el precio de la cajetila de ducados, cuanto el precio de fabricacion y cuanto es del impuesto 57% especifico, mas el 21% del IVA
sI SACAMOS EL 57$ DEL PRECIO DE VENTA DE LA CAJETILLA DE DUCADOS CUANTO NOS DARA, Y A ELLO LE TENDRIAMOS QUE SUMAR EL 21% DEL iva, todo sobre el precio de venta en los estancos.
Asi que altadis paga a bulto.