En cuanto a la última oferta de la empresa al personal pasivo respecto a la Sustitución del Derecho del Tabaco 2016, que muchos compañeros me preguntáis, me han confirmado en OO.CC. que la excepción tributaria correspondiente a la opción: "pago único" de esta última oferta de 2016, es del 30% -en la oferta anterior fue del 40%-
Saludos.
Pepe Mor
3 comentarios:
Mucho cuidado. Creo que esta reducción tributaria no podrá aplicarse si en los 5 años anteriores nos hemos acogido a otra reducción por rendimiento irregular. Por ejemplo, si en ese periodo hemos rescatado el plan de pensiones.
De este asunto, cada uno debería acercarse a la oficina de la Agencia Tributaria más cercana para que le indiquen como le afecta.
Cada uno somos un caso particular y por lo tanto mejor no generalizar.
Pero en principio, según consultas realizadas, NO debemos mezclar el asunto de las Rentas Irregulares, con el tratamiento
que tienen los recates de aportaciones a Planes de Pensiones realizadas con anterioridad a 31/12/2006, que tienen un 40% de exención.
Pero lo dicho, lo mejor realizar la consulta a Hacienda, que puede hacerse incluso por vía telefónica.
El comentario de Carlos Lorenzo, me parece muy acertado.
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